Cordial saludo,
Para Merx Law Firm S.A.S. es muy importante que el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades establecidas en la normativa colombiana, para el presente caso, en el régimen cambiario para los titulares de las cuentas de compensación. Para ello, se permite informarles que, teniendo en cuenta las modificaciones a la estructura y el contenido de las declaraciones de cambio realizadas por el Banco de la República a través de la Circular Reglamentaria Externa DCIP-83 de 2023, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-, requiere ajustar la estructura del prevalidador cambiario para la presentación de la información exógena.
Por lo tanto, como el nuevo Sistema de Información Cambiaria -SIC- para los titulares de las cuentas de compensación, se habilito a partir del 1 de octubre de 2023 y las modificaciones iniciaron vigencia a partir del 1 de noviembre de 2023, y hasta el momento la DIAN no ha realizado los ajustes pertinentes en un nuevo prevalidador cambiario, anunció a través del Comunicado de Prensa No. 006 del 11 de enero de 2024, que, la información exógena correspondientes a los trimestres IV de 2023 (octubre a diciembre de 2023) y los trimestres I y II del año 2024, serán presentados y transmitidos a la DIAN bajo la nueva estructura, en el mes de julio de 2024, teniendo en cuenta los plazos que serán establecidos de forma transitoria, en días futuros por parte de esta entidad.
Si la información exógena cambiaria fue ya transmitida por la compañía, se deberá presentar nuevamente bajo el nuevo prevalidador cambiario en el mes de julio de 2024, tal como indica la DIAN.
El cumplimiento de esta obligación de forma correcta y alineada a los requisitos establecidos por la DIAN es de suma importancia, ya que su incumplimiento podría conllevar a la comisión de infracciones cambiarias.
Atentamente,
Merx Law Firm SAS